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JUEVES, 16 DE MAYO DE 2019

 

 

 

El rechazo del nombre de la ministra Dobra Lusic para integrar la Corte Suprema era procedente, desde el punto de vista del más alto interés del país, por una razón que dieron los senadores socialistas y que, justamente, a ellos les dificultaba vetarla: "por su destacada trayectoria en materia de DD. HH." ("La Tercera", 16.05.19).

Dicho por los socialistas, eso significa que sus fallos siempre se fundaron en la transgresión de leyes expresas y vigentes para condenar a Presos Políticos Militares.

Pues jurídicamente y siendo puristas, no podría admitirse, pero de hecho se admite, que integren la Corte Suprema jueces que fallen en contravención a las leyes. La obligación que tienen de ceñirse a ellas la señalan la Constitución, la ley y la moral, pero "estamos en Chile" y lo contrario es lo habitual aquí. 

Precisamente el ministro jubilado de la Corte Suprema a quien estaba llamada a reemplazar Dobra Lusic, Milton Juica, se caracterizó más que ninguno, con la posible excepción de Alejandro Solís (que afortunadamente nunca llegó a la Suprema) por trasgredir en sus fallos relativos a militares (r) la legalidad vigente, cosa que, en la deteriorada atmósfera jurídico-legal en que vive el país, lo ha erigido en figura señera de la prevaricación ya habitual en la justicia chilena bajo la dictadura del No, que el país soporta ya durante 29 años.

Juica fue el presunto redactor del Informe 33-2015 ("la legislación no contenía delitos adecuados") de la Corte Suprema --presunto autor, escribo, porque los errores de sintaxis del Informe lo tornan a él sospechoso número uno de haberlo redactado-- Informe en el cual el más alto tribunal confesó haber desconocido el texto expreso de las leyes y fundamentos del debido proceso, como el principio de legalidad, la territorialidad y la irretroactividad de la ley penal, para condenar a quienes derrotaron al terrorismo armado marxista.

Paradójicamente, con todo, "se hizo justicia" y se rechazó la nominación de Dobra Lusic por una razón subalterna: el haberse vinculado la ministra, para su nominación, con un abogado de la UDI, al cual se ha sindicado como "operador político", que a su turno habría sido beneficiado con nombramientos notariales atribuidos a la influencia de Lusic. Eso habría constituido un pecado imperdonable para la izquierda, tan grave como para llevarla a desconocer el "mérito" de una trayectoria de DD. HH. caracterizada por el desconocimiento de la legalidad vigente.

Y no está demás recordar que el voto favorable de Dobra Lusic en reciente fallo para aplicar la prescripción al proceso por las boletas y facturas falsas empleadas para recaudar fondos por la candidatura de Sebastián Piñera en 2009, y sobreseerlo, puede vincularse al llamado telefónico personal que le hiciera el beneficiario real de ese perdón a la jueza, anunciándole a ésta que había elegido su nombre en la quina sometida a él por la Corte Suprema. Quería hacer explícito el chilenísimo "una mano lava la otra", para que ella lo tuviera en cuenta "por si las moscas". Pero no les resultó, porque "Dios escribe derecho con líneas torcidas".

En consecuencia, la justicia inmanente volvió a operar.
 
 
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