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1 julio, 2025 

 

 

 

 

 

por Magdalena Merbilháa


No hay lógica en castigar a quien logró propiedad. No hay justicia en institucionalizar por ley el “robo permanente”. No corresponde, no es justo y en nombre de la “justicia social” se permite ser injusto y perpetuarse en el tiempo en la injusticia.


La semana pasada, el director del Servicio de Impuestos Internos, Javier Etcheverry, se pronunció en relación al debate sobre “la justicia” de las “contribuciones”. Hoy hay propuestas y proyectos de ley que buscan eliminar dicho tributo a la primera vivienda en términos absolutos, mientras que el gobierno propone medidas para beneficiar a adultos mayores. Etcheverry se refiere a estas propuestas como de “coyuntura política”, como un “caballo de batalla” para lograr votos, algo así como una propuesta “populista”. Enfatizó en que, en lo personal, le encantaría no pagar ese impuesto, pero enfatizó que “sería injusto” no lo pagarlo, ya que “tiene el dinero para hacerlo y que es un departamento bueno en Vitacura”. Estas declaraciones aparecen en el marco de las críticas al SII por los incrementos de los avalúos de bienes raíces sin trasparentar las bases de dicho cálculo, es decir, de modo arbitrario y abusivo. A esto se le suma la contracción económica y el alza en los costos de vida para todos los chilenos.

Lo cierto es que, en estos dichos y en esta polémica, falta ir a la esencia del impuesto establecido como transitorio, para volverse permanente en injusto. Por lo mismo, es fundamental aclarar qué es la justicia en sí y cómo ésta se vuelve injusta en nombre de la “justicia social”.

Las denominadas “contribuciones” son un impuesto territorial que se origina con la Ley N°4.174 del 13 de diciembre de 1927, la que es complementada por una serie de normas posteriores en el tiempo. Es un impuesto que grava bienes inmuebles, sin tener en cuenta la situación económica de su dueño. Se establece el gravamen de modo arbitrario desde el Estado y obliga a un pago de cuatro veces al año, so pena de remate judicial. Es decir, obliga a un “arriendo perpetuo al Estado”, por lo que “se supone que es propio”. Es, de hecho, una doble tributación, ya que toda casa pagó los impuestos correspondientes en la venta y construcción de la misma. Además deja clara una “desigualdad ante la ley”, hay quienes pagan contribuciones y quienes no pagan. A quienes pagan, si no pagan se les puede confiscar su vivienda, mientras que hay otros, a quienes jamás se les puede confiscar. Se castiga al propietario que logra propiedad por esfuerzo propio, mientras se premia al propietario a quien el Estado le designa propiedad por subsidio. Hay entonces “confiscables” e “inconfiscables”. Desigualdad ante la ley pura y dura.

La justicia es considerada una de las virtudes cardinales, junto con la prudencia, la fortaleza y la templanza. La justicia es, según la definición de Santo Tomás de Aquino, “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo  que es de propio suyo”. No se refiere a dar lo mismo, ya que la igualdad es injusta, ya que quien se esfuerza más o produce más, merece más. Este «suyo» se refiere a lo que a cada individuo le pertenece por derecho, ya sea en términos de bienes, derechos o reconocimiento. Santo Tomás distingue entre dos tipos de justicia: la conmutativa, que rige las relaciones entre iguales (como en los contratos) y la distributiva, que se refiere a la distribución de bienes y cargas por parte de la autoridad. En el pensamiento de Santo Tomás de Aquino, la justicia distributiva se refiere a la distribución equitativa de bienes y cargas por parte de la autoridad pública a los miembros de la comunidad, considerando sus méritos y necesidades. La pregunta es si, ¿es justo pagar dos veces al Estado por la casa propia? Y, ¿si es justo que, habiendo pagado los impuestos correspondientes al comprar y construir una casa, se quede como esclavo perpetuo del Estado? Claramente que no es justo, es de todo sentido, abusivo. No tiene que ver con lo que tenga o no tenga en bienes una persona, es algo que por principio, jamás corresponde. No hay lógica en castigar a quien logró propiedad. No hay justicia en institucionalizar por ley el “robo permanente”. No corresponde, no es justo y en nombre de la “justicia social” se permite ser injusto y perpetuarse en el tiempo en la injusticia. La justicia social no es vista bajo la visión tradicional del aquinate, sino que es un término empapado de marxismo y visión materialista que no busca eliminar a los pobres, sino eliminar  a los ricos, por lo que este tipo de impuestos confiscatorios son sus favoritos. Es un modo de legalizar el robo. Robar es siempre malo. Este impuesto es impresentable e injusto.

Políticamente, es un impuesto que nadie se atreve a tocar, ya que va en beneficio de las municipalidades y, a ningún alcalde le conviene dejar de percibir estos dineros. Amenazan la merma en los fondos municipales que van en beneficio de municipalidades de escasos recursos. “La Necesidad justifica el robo”, sin embargo, al ver los malgastos de los recursos públicos, la inmoralidad se hace evidente. Han intentado hacer una caricatura del drama real que viven los contribuyentes que no tienen los recursos para pagar las cuatro pesadas cuotas, diciendo que eliminarlo es beneficiar a “los ricos”.

Fuente: https://ellibero.cl/columnas-de-opinion/sobre-la-justicia-de-la-justicia-social/

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