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9 de junio de 2025 

 

 

 

 

 

Pablo Errázuriz Montes


Hemos sido testigos a través de los medios, que un juez ha dictado una sentencia que declara suficientemente acreditado un supuesto delito cometido por una conocida figura del teatro y cine del ámbito nacional. En su sentencia dicho juez declara la imposibilidad de aplicar las consecuencias de este supuesto delito acreditado, por estar este beneficiado por la prescripción de la acción penal.

Esta es otra manifestación de la monstruosidad de la doctrina Aylwin inoculada a la judicatura. A don Patricio le cabe por sus obras -redacción de la ley de reforma agraria, de la ley indígena y de esta malhadada doctrina- el epitafio que dice la leyenda adornó la tumba del Cardenal Richelieu: Aquí yace un hombre que hizo el bien e hizo el mal; el mal que hizo lo hizo bien, y el bien que hizo lo hizo mal. Aquella seudo doctrina dice grosso modo que, no obstante, un delito se encuentre prescrito o amnistiado, el juez debe investigar antes de aplicar la prescripción o la amnistía, porque de otra manera no estaría haciendo justicia.

El derecho y la tarea jurisdiccional en una república es para ADMINISTRAR JUSTICIA. No para HACER JUSTICIA. Aquella degeneración, digo inoculada a nuestros jueces por Patricio Aylwin, transforma la tarea jurisdiccional en tarea política para imponer relatos de sumisión y poder. A las masas ignorantes de lo que ha sido el derecho a través de la historia humana, se les oculta el potencial destructor de este criterio, a través de un envoltorio de papel brillante: el juez transformado en un especie de superhéroe hacedor de justicia.

La función de la judicatura en una república sometida a un estado de derecho, es mucho más modesta: recuperar un equilibrio que la sociedad ha perdido por una conducta ilícita y de tal forma recuperar la paz social alterada por esa conducta ilícita.

Cuando la paz social ha sido recuperada, - imperfectamente como todo lo que rodea al ser humano-, por el paso del tiempo o por una decisión del legislador que en busca un bien mayor o un mal menor, amnistiando a los eventuales delincuentes, se cierra un capítulo de ilicitudes o iniquidades cometidas en el pasado. La función jurisdiccional que enjuicia pasando por alto estas instituciones, no solo es inútil, sino que, en vez de cumplir su función pacificadora de los espíritus, transforma la convivencia social en un perpetuo conflicto degenerando su razón de existir.

La inteligencia humana es limitada y los jueces son humanos. Los medios de convicción que puede tener de buena fe para enjuiciar hechos ocurridos muchos años atrás, por regla general son difusos e imposibles para formarse una honesta convicción. El derecho positivo reconoce estas limitaciones y es por ello hay normas positivas, doctrina y jurisprudencia que obliga regladamente a ponderar los medios de prueba.

 Reconociendo que ello es imposible después de tiempos remotos, existe la institución de la prescripción y de la cosa juzgada. Nadie puede juzgar adecuadamente hechos ocurridos cuando el tiempo ha borrado los medios posibles de convicción y cuando la sociedad los ha olvidado. Menos cuando ya han sido juzgados. En el caso de Campos, un juez condena moralmente a un individuo reconociendo que no puede hacer lo que el mandato de la constitución o la ley le obliga: respetar la ley y aplicarla para la pacificación de los espíritus.

¿Se preguntará el lector: que tienen que ver los presos políticos militares con el caso de Cristián Campos? Pues el relato del conflicto permanente propio de la ideología gramsciana post marxista. En ambos casos la judicatura obra para imponer relatos político-revolucionarios. En el caso de los militares, la seudo memoria que tuerce lo que efectivamente sucedió en nuestro quiebre institucional y el estado de guerra interna a que dio lugar. La de Cristián Campos, el relato del macho heteropatriarcal abusador, depredador sexual y abusador en el núcleo familiar.

¡Cuanto más grave es el caso de los presos políticos militares! Donde personas como el afectado en la situación reciente y miles de ciudadanos decentes, han mirado para otro lado, pensando que a ellos no les afectaría. El pastor luterano Martin Niemöller en un sermón en 1946 lo sintetizó en una oración[1] universalmente conocida:

Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas, guardé silencio ya que no era comunista.

Cuando encarcelaron a los socialdemócratas, guardé silencio ya que no era socialdemócrata.

Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas, no protesté ya que no era sindicalista.

Cuando vinieron a llevarse a los judíos, no protesté ya que no era judío.

Cuando vinieron a buscarme a mí, no había nadie más que pudiera protestar.

En efecto, la monstruosa injusticia cometida contra los presos políticos militares, no solo se ha tolerado que se investiguen presuntas conductas ilícitas prescritas y amnistiadas. En el caso de ellos, no se han respetado otras instituciones del derecho procesal civilizado: No hay crimen sin ley que le sancione, es decir no se pueden aplicar delitos inexistentes a la fecha de las conductas enjuiciadas por muy vigentes que estén a la fecha del enjuiciamiento, reglas reguladoras de la prueba, presunción de inocencia. Y lo peor de todo: han sido condenados a penas efectivas sin derecho alguno que tienen todos los presos rematados, transgrediendo todos aquellos principios. Es decir, una inquina propia de una nación pre civilizada. Todo ello a vista y paciencia no solo de quienes los mueve el odio y la venganza, sino también, como nos enseñan Hanna Arendt por personas moralmente neutras.

Es imprescindible que la judicatura retome el cauce republicano y se centre en su tarea sin transformarse en voceros como si estuviesen en un foro político, de supuestas injusticias sociales o individuales para imponer un relato de sumisión política. La única tarea de la función jurisdiccional en una república civilizada es aplicar la ley. Las instituciones deben retomar el cauce legal y constitucional y es tarea del próximo gobierno contra revolucionario, investigar, perseguir y sancionar a los agentes del Estado infractores, que han sembrado el conflicto vía exorbitar su función.

[1] Se le atribuyó falsamente por razones políticas al dramaturgo comunista Bertol Brecht, como un supuesto poema escrito por él.

Fuente: https://pabloerrazurizmontes.blogspot.com/2025/06/los-presos-politicos-militares-la.html

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