13 diciembre, 2023 

 

 

 

 

 

Por Richard Kouyoumdjian


El proyecto constitucional que votaremos el 17 de diciembre nos da seguridad de contar con FF.AA. que se deban a Chile, los chilenos y su Constitución, evitando que caigan en manos de quienes quieren llevarnos por caminos oscuros e inseguros.


Recuerdo que una de las grandes preocupaciones que teníamos en el proyecto constitucional anterior era la situación en que quedaban las Fuerzas Armadas y el empeño de la izquierda y sus convencionales constituyentes por disminuir su importancia como instituciones de la República, llegando al punto de asimilarlas a la categoría de servicios estatales de menor relevancia, desconociendo con ello el rol que han jugado por más de 200 años, y el hecho de que son depositarias, junto a las fuerzas de Orden y Seguridad Pública, del monopolio del uso de la fuerza legítima del Estado.

La izquierda ultra siempre ha querido Fuerzas Armadas que sean mas manejables y funcionales a sus proyectos políticos y claramente una de las razones por las cuales van a votar En contra es que la actual propuesta constitucional definitivamente confirma el rango constitucional de las instituciones de la Defensa, lo que asegura que se deban a Chile, los chilenos, su soberanía, independencia política y su constitución, y no sea usado el poder de sus armas para sostener gobiernos totalitarios o permitir su llegada al poder. La Defensa Nacional sigue manteniendo un capítulo propio, colocándola en el sitial que corresponde.

El nuevo proyecto constitucional que votaremos el domingo 17 no sólo mejora el funcionamiento y calidad del sistema político, eliminado fuentes generadoras de inestabilidad y por ende mejorando la seguridad nacional, sino que además introduce mejoras más que evidentes en lo que a defensa nacional se refiere. Los puntos destacables son:

  1. Confirma que las Fuerzas Armadas sólo están conformadas por el Ejército, Armada y Fuerza Aérea, lo que contradice el deseo de la izquierda de tener milicias populares o de armar a los propios para tomarse y sostenerse en el poder.
  2. Indica claramente, y en forma precisa, que el propósito de las Fuerzas Armadas es la defensa de la soberanía, de la seguridad de la Nación y de la integridad territorial, en conformidad con la Constitución y la ley, mejorando el texto vigente que indica que existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional, ambos conceptos poco precisos y un tanto ambiguos, y por ende poco claros en su aplicación, como también indica, a diferencia de la Constitución actual, que el propósito de las Fuerzas Armadas es en conformidad a la Constitución y la ley, lo que hace más fácil el trabajo de los comandantes en jefe cuando enfrenten presiones que los quieran sacar de lo que es legal y constitucionalmente aceptable, algo que se agradece en tiempos de desorden e inestabilidad política.
  3. Sólo permite que el Presidente de la República asuma el mando de las Fuerzas Armadas en caso de guerra, eliminando la posibilidad de que un Presidente tipo Boric pueda creerse comandante en jefe, limitando su rol a ser el encargado de conducir la defensa nacional, lo que es muy distinto a ser su jefe supremo. En la Constitución del 25, el Presidente de la República tenía el mando de las Fuerzas Armadas y en eso reside buena parte del problema que tuvimos durante el gobierno de Allende, y que las llevó a que las involucraran en el manejo del gobierno, en el mal llamado gabinete de seguridad nacional y ser usadas por un gobierno de minoría para sostenerse en el poder. El general Prats definió en su concepto de mando que se debían al Presidente de la República, lo que es correcto a la luz de la Constitución que los regía en esa época, pero que en manos de un Presidente que las necesitaba y de un general que aceptó ser usado, mal terminó todo. Esto último no es una posibilidad en lo que debemos aprobar el domingo próximo.
  4. Reconoce que las instituciones de la defensa cumplen roles en emergencias, catástrofes y en la protección de fronteras, lo que hace más fácil la discusión presupuestaria y generación de capacidades que estas funciones requieren. En ese sentido, quizás nunca se debió abandonar el resguardo de las fronteras y entregar ese rol a Carabineros, el cual es complementario al que deban realizar las fuerzas armadas.
  5. Confirma que las instituciones de la defensa son instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, y por esencia obedientes y no deliberantes.
  6. Mantiene el proceso de selección de los comandantes en jefe, obligando al Presidente a elegir entre los 5 oficiales mas antiguos que cumplan con los requisitos que la posición exige, y que para destituir a uno de los jefes necesariamente se requiere de un decreto fundamentado, lo que no es gratis para quien lidere el Poder Ejecutivo.
  7. Permite a través del artículo 123, que se establezcan conductas o circunstancias en que el uso racional de la fuerza se exime de responsabilidad penal, algo muy requerido dado el uso mas que frecuente que se les está dando a las instituciones armadas en asuntos de seguridad pública.

En resumen, tanto desde la perspectiva de la seguridad nacional, como de las Fuerzas Armadas, y por ende de todos nosotros, el proyecto constitucional que votaremos el 17 de diciembre nos da seguridad de contar con FF.AA. que se deban a Chile, los chilenos y su Constitución, evitando que caigan en manos de quienes quieren llevarnos por caminos oscuros e inseguros.

Fuente: https://ellibero.cl/tribuna/las-fuerzas-armadas-en-la-propuesta-constitucional/

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