José Tomás Hargous Fuentes


Cuando se publique esta columna ya quedarán pocos días para decidir concurrir a las urnas y ejercer nuestro deber cívico, decidiendo si aprobar o rechazar la propuesta de Constitución presentada por la Comisión Experta y el Consejo Constitucional. A estas alturas del partido, como decían los antiguos, alea iacta est, es decir, la suerte está echada. Ya no hay encuestas publicadas legalmente y el período de campaña terminará 13 días antes del día de las votaciones.

En esta tribuna hemos dedicado seis artículos a analizar diversos capítulos de la propuesta constitucional, invitando a “Leer para Aprobar”. A modo de corolario de dicha serie, dedicaremos esta columna al Capítulo XVII, que trata los mecanismos de reforma o cambio constitucional.

Como hemos podido mostrar en las últimas semanas, existen muchos argumentos para sostener que la propuesta constitucional no sólo es razonable, sino que se entronca en la tradición constitucional chilena, y mejora en muchos aspectos la Constitución vigente. También, hemos dicho que si gana el A Favor el Gobierno y su coalición sufrirán una derrota más que incorporarán al listado de veces que han sido vencidos en las urnas desde que asumieron en La Moneda.

Sin embargo, probablemente no habría argumento más fuerte para decidir no mantener una Constitución tan buena como la que hemos tenido, que el de los mecanismos de reforma constitucional. De acuerdo con el Artículo 215, “El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio”

Si bien en su momento se consideró establecer los dos tercios como el quórum de reforma, los tres quintos (60%) son más (+3%) que los cuatro séptimos (57%) que tenemos hoy, gracias a que la centroderecha transó bajar los quórums a dicha cifra el año pasado, porque le prometieron no abrir un nuevo proceso de ganar el Rechazo, cosa que como sabemos no ocurrió.

Aunque la diferencia a simple vista no parece muy grande, si se consideran números absolutos –89 sobre 155 diputados en la Carta vigente, u 83 sobre 138 en la propuesta– equivale a cuatro diputados más. Si el lector sigue periódicamente las discusiones parlamentarias podrá darse cuenta de lo que le cuesta a los distintos gobiernos persuadir a una cantidad similar de diputados independientes para aprobar sus reformas. 

Por eso, aunque el aumento del quórum no sea muy alto, sí es suficiente para mantener a raya los intentos refundacionales que intenten aprovecharse de mayorías circunstanciales, como lo hizo el octubrismo a partir de 2019.

De esta manera, y recordando nuestra argumentación de nuestras últimas columnas, en sentido estricto no sólo la propuesta no es una “Constitución habilitante” para el proyecto revolucionario octubrista, sino que hoy lo es la Constitución vigente, desde que es vulnerable a mayorías que sobrepasan levemente la mayoría absoluta. Por eso la izquierda está llamando a rechazar: la Constitución vigente los acerca más a su proyecto octubrista –el “mamarracho” rechazado el año pasado– que la propuesta que hoy debemos discernir si aprobar o rechazar.

Así, comparando dos Constituciones similares pero una con mejores quórums que la otra, parece más razonable quedarse con la primera, es decir, con la despachada por la Comisión y el Consejo. Si realmente queremos detener el proceso refundacional de la izquierda que hace poco más de cuatro años hizo un intento de golpe de Estado y hoy nos gobierna, lo más prudente es aprobar la propuesta redactada principalmente por el Partido Republicano. La estabilidad institucional del país, otrora fuerte pero frágil en la última década –aunque no muerta– está en juego.

Fuente: https://viva-chile.cl/2023/12/leer-para-aprobar-vii-procedimientos-de-cambio-constitucional/

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