Alejandro Rogers
En una reciente entrevista en el Canal Youtube El Nacional Libertario, Hermógenes Pérez de Arce dice que “todos los bordes están en la actual constitución” y que los bordes representan la constitución de Pinochet. En esa misma entrevista Gonzalo Rojas explica que esperará ver el texto final antes de pronunciarse a favor o en contra. Ambos coinciden en que gran parte de los bordes ya están en la constitución actual con la excepción del borde 9 que garantiza el interés superior de los niños y el “deber” preferente de los padres. Curioso cambio, de “derecho preferente” pasamos a “deber preferente”.
Ambas posiciones no están viendo el bosque por los árboles y me refiero particularmente a la cesión de soberanía que implica este proceso, en particular el borde 3 que dice: “La soberanía tiene como límite […] los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes.” En cambio, el artículo 5 vigente dicta “Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”
Es decir, con los bordes estamos cambiando una obligación de “respetar y promover” por una limitación expresa de soberanía. Es como si en su condominio le cambiaran el reglamento interno de “usted tiene la obligación de mantener su jardín limpio” por “su jardín termina donde diga la administración del condominio”. Son dos visiones fundamentalmente distintas.
El señor Pérez de Arce insiste que los bordes y la constitución son lo mismo y que la constitución actual es la constitución de Pinochet. Pero no es así, la constitución de 1980, la que fue firmada por el General, no hacía referencia a los tratados internacionales, ¿Y cómo lo haría? Si como buen militar, Pinochet era un férreo defensor de nuestra soberanía. A continuación el artículo 5 de la constitución de 1980:
“La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio. El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.”
La Constitución de Pinochet no hacía referencia a los tratados internacionales. Este artículo se modificó después del plebiscito del Sí y el No de 1988, y se incorporó la referencia a tratados internacionales pero de ninguna manera como una limitante de soberanía. Más aún, dicha modificación nunca ha sido ratificada y legitimada en las urnas. Y este es un matiz esencial de este proceso: la aprobación de esta nueva constitución con sus bordes no solamente valida en las urnas la incorporación de los tratados internacionales como fuente de derecho, sino que además, y esto es lo más grave, acepta explícitamente una limitación de soberanía ante el derecho internacional, algo nunca antes visto en la historia de nuestra Nación.
Como si eso fuera poco, las organizaciones internacionales que son las que estarán a cargo de legislar y por lo tanto de establecer los límites de nuestra soberanía, han estado hace varios años impulsando una agenda abiertamente partidista e ideologizada. Me refiero a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible que intervienen prácticamente todos los aspectos de nuestras vidas. Recordemos que entre los ODS hay compromisos de facilitar la inmigración, la incorporación de la ideología de género en todos los niveles de la sociedad y un ecologismo profundo que debería tener muy preocupados a los pequeños agricultores ya que tendrán sus días contados, tal como está pasando en Holanda.
En línea con esta agenda globalista, se elimina el concepto de “Naturaleza Humana” y se le reemplaza por “Dignidad de la Persona Humana”. El cambio obedece a la erosión del concepto de “naturaleza humana” y en general de la Ley Natural que le inspira. Se reemplaza por “Persona Humana” concepto ambiguo que podría dejar fuera a los seres humanos que están por nacer y luego facilitar el aborto libre, tal como lo propone la Agenda 2030 cuando habla de garantizar “la salud reproductiva”.
Me parece que los que admiramos los logros que permitió la Constitución de 1980, debemos leer y/o releer el documento original y particularmente el artículo 5 y, en honor a la Nación, a sus héroes, a sus tradiciones y su historia, pensar seriamente si queremos entregar tan fácilmente y de manera tan explícita una soberanía que nuestros antepasados defendieron y ganaron con sangre, sudor y lágrimas.
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